DAR DE BAJA UN VEHÍCULO
Según la ley INT/249/2004 del 5 de Febrero, los encargados de dar de BAJA DEFINITIVA los vehículos son los Desguaces o C.A.T.V. (Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos) y no la D.G.T.
Para poder dar de baja su vehículo necesitaremos la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN QUE SE NECESITA PARA LA TRAMITACIÓN DE BAJA DE UN VEHÍCULO
Declaración jurada de extravío de la documentación
Ver DocumentoDocumento de representación de personas jurídicas
Ver DocumentoAutorización a terceros
Ver DocumentoRenuncia de herederos para baja definitiva
Ver Documento